A Claudia Pérez Huamaní que reencontró su camino al Derecho años después de luchar por justicia para sí misma y abrió camino para muchas otras.
El 2 de abril de cada año se conmemora en el Perú el Día del abogado, fecha ratificada por la Ley 23248 para conmemorar el nacimiento de Francisco García Calderón Landa, abogado precoz que llegó a ser presidente del país. Y ese hito es útil para analizar dos ángulos del ejercicio del Derecho en el Perú: las relaciones con el poder y la simbología detrás de una profesión que aún hoy sigue siendo profundamente masculina, aunque las mujeres seamos cada vez más parte de ella.
Derecho y Poder han ido bastante vinculados en nuestra historia. Muchas de nuestras autoridades a lo largo de nuestra vida como república han tenido esta profesión, pero esta relación también ha sumado al descrédito de la profesión. Un descrédito global que se plasma en los abundantes chistes sobre abogados que a lo largo de la vida una lee o escucha, y no solo en el Perú.
En general, las personas mantienen una actitud de sospecha frente a quienes ejercen el Derecho porque a la experiencia personal o conocida de alguien que fue timada/o con un pésimo servicio legal, se suma lo que reflejan las noticias respecto de quienes tienen posiciones de poder en diferentes campos. ¿Dónde están los/as abogados/as? Muy presentes en los titulares, y no ejerciendo la profesión, sino como protagonistas.
Imágenes de la cuenta de Facebook Chistes de abogados
La corrupción en el ex Consejo Nacional de la Magistratura, que llevó a su disolución y reemplazo por la Junta Nacional de Justicia, órgano que se encarga de la selección de jueces, juezas y fiscales, estaba vinculada al sistema de justicia y fue protagonizada casi exclusivamente por profesionales jurídicos. César Hinostroza Pariachi era juez supremo de la República, Walter Ríos Montalvo era juez superior en el Callao y de los cuatro exconsejeros destituidos, tres eran abogados y dos incluso autoridades universitarias.
El ejercicio en el sector privado no está menos exento de controversia. Como ejemplo tenemos los cuestionamientos a los arbitrajes a favor de la empresa Odebretch que han dado origen a una carpeta fiscal. De acuerdo a la información de IDL-R se estima que mediante los arbitrajes la empresa ganó “al menos 273 millones 570 mil 624 dólares entre los años 2003 y 2016”. Esa información proviene de 42 laudos arbitrales, mecanismos privados de resolución de conflictos en los que éstos son resueltos por profesionales con alta especialización y no por el Poder Judicial, y en ese universo se estima que la empresa obtuvo 35 victorias frente a 7 a favor de los intereses del Estado. La hipótesis fiscal es que hubo cohecho por parte de diecinueve árbitros, el delito que cometen quienes solicitan o aceptan dinero, regalos o favores a cambio del ejercicio de su función; su actuación no habría estado entonces ajustada a Derecho.
Los cuestionamientos a quienes ejercen cargos públicos tampoco dejan mejor a la profesión legal. La actual Fiscal de la Nación no brinda respuestas sobre los grados académicos de maestría y doctorado en Derecho que le permitieron acceder al más alto cargo del Ministerio Público, órgano cuya función constitucional más conocida es la de conducir la investigación de los delitos y ejercer la acción penal. Antes se hizo público que removió a la fiscal a cargo de la investigación contra una de sus hermanas, la jueza superior Enma Benavides Vargas, pese a que en su entrevista antes de ser designada negó dicha posibilidad, y cuando el mismo despacho tenía a su cargo la investigación de otra de sus hermanas, la también jueza Ruth Benavides Vargas por presuntas contrataciones irregulares en la Corte de Justicia del Callao. Se le ha cuestionado también por tener comunicaciones con uno de los investigados en el caso del ex CNM, también denominado “Cuellos Blancos”. Y a la sola apertura de una investigación preliminar, etapa previa a un proceso disciplinario, por parte de la Junta Nacional de Justicia que la nombró, la Fiscal Patricia Benavides Vargas calificó como el procedimiento como “un acto ilegal y arbitrario”. Y el Ministerio Público es, conforme a nuestra Constitución, responsable de la “defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el Derecho” (art. 159.1).
En el Ejecutivo hoy tenemos a la primera presidenta del país, por sucesión constitucional. Dina Boluarte Zegarra, abogada, enfrenta cuestionamientos por su falta de respuestas idóneas a las acusaciones y evidencias de incumplimiento del mandato legal que prohíbe el financiamiento directo o indirecto no declarado de campañas políticas, norma ratificada mediante referéndum ciudadano en 2018. Y esas interpelaciones públicas se suman a las que recibe a nivel nacional, e internacional por las muertes de ciudadanos/as ocurridas en el marco de las protestas contra su gobierno, cuestionamientos que comparte con el actual premier Alberto Otárola Peñaranda, también abogado, frente a los cuales ambos alegan desconocimiento de los alcances de la responsabilidad de las autoridades por actos cometidos por efectivos de las fuerzas armadas y policiales.
¿Qué debería suceder cuando un/a abogado/a es cuestionado/a por la forma en que ejerce la profesión? Le es aplicable el sistema de control disciplinario del ejercicio de la profesión a cargo de los Colegios de Abogados/as a los que está colegiado, que para eso existen, para regular el ejercicio ético, lo que puede ocurrir tanto para el ejercicio en el ámbito privado o en el servicio público. Pero, como muestra, la denuncia que se presentó en julio de 2018 de oficio contra los exconsejeros del CNM Guido Aguila Grados, Julio Gutiérrez Pebe, Iván Noguera Ramos, el exjuez supremo César Hinostroza Pariachi y el abogado de la Corte Superior de Justicia del Callao, asistente de su expresidente, Gianfranco Paredes Sánchez, todos vinculados al caso “Cuellos Blancos”, recién se resolvió en julio de 2022 imponiéndoles a todos cinco años de separación del gremio. No obstante, solo en el caso de Aguila Grados la sanción ha quedado consentida y se ha remitido en enero de 2023 al Registro Nacional de Abogados Sancionados a cargo del Ministerio de Justicia, lo que conlleva una serie de inhabilitaciones para contratar con el Estado, además de no poder ejercer como abogado durante el periodo de la sanción. Cuatro años y medio después una solo sanción concreta como parte del control profesional. Difícil creer así en la corrección de las/los abogadas.
En ese contexto se es abogada/o en el Perú.
Pero ser abogada tiene sus particularidades pues la profesión aún tiene sesgos, empezando porque el 2 de abril no se celebra el Día de la abogacía peruana, sino que ha tenido que escogerse una fecha para visibilizar a las mujeres. Por decisión de la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú se instituyó el 5 de junio como el Día de la abogada peruana para conmemorar el nacimiento de Trinidad Enríquez Ladrón de Guevara, la primera mujer en cursar la carrera en el país, en concreto en la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, aunque no se le permitió ejercerla por ser mujer.
Trinidad Enríquez Ladrón de Guevara. Retrato elaborado por la artista cusqueña Mariela Bravo Salas, sin fecha.
Recién en 1920, Rosa Dominga Pérez Liendo obtuvo el título de abogada en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos con la tesis titulada “Un aspecto de la Historia del Derecho peruano: las Constituciones” (Vidal, 2018: 140).
Rosa Pérez Liendo. Foto de su matrícula en el tercer año de la Facultad de Jurisprudencia de San Marcos en 1915. @ArchivoHisUNMSM
Actualmente las mujeres tienen una alta matrícula en la carrera de Derecho, aún mayor que la de los varones (9.2% del total de matrícula, con lo que es la segunda carrera de matrícula femenina, frente al 6.5% que posiciona a Derecho como la quinta carrera de matrícula masculina), como muestran los datos a 2020 del III Informe bienal sobre la realidad universitaria en el Perú de SUNEDU (2021: 73). Este informe muestra también que estudiar Derecho no es lo mismo en una universidad pública, que en una universidad privada asociativa o privada societaria: la tasa de selectividad, calculada entre el número de postulaciones y los ingresos en los procesos de admisión, en Derecho en una universidad pública es de 12.5, mientras que es de 1.4 en una universidad privada asociativa y 1.3 en una universidad privada societaria (SUNEDU, 2021: 277).
Pero esa mayor representación entre quienes estudian la carrera no se refleja aún en los puestos de toma de decisiones vinculados a la profesión, por ejemplo, en el cuerpo docente. En la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, de donde también se graduó en 1920 la segunda abogada del país, Miguelina Acosta Cárdenas, a 2022 existían 110 docentes ordinarios/as, de los cuales eran 95 hombres y 15 mujeres, es decir que las mujeres representaban solo el 14%. En la Pontificia Universidad Católica del Perú, que tiene la Facultad de Derecho privada más antigua del país, a 2019 “sólo el 26.9% de la plana docente eran profesoras y del total de profesores/as principales (63), sólo el 9.5% eran mujeres (6)” (Villanueva, 2019: 48).
Miguelina Acosta Cárdenas. Foto sin créditos de 1920.
Esto se repite en la representación en el ejercicio privado de la profesión. Revisemos los datos de la I Encuesta de situación y crecimiento profesional de las abogadas en las principales firmas legales de Lima, elaborado en 2018 por WIP-Perú (Women in the Profession), con la colaboración de la Cámara de Comercio de España en Perú, Datum International y la Universidad del Pacífico. En rubro de nivel, el 63% de asociados/as junior son mujeres, en asociados/as senior el 45% son mujeres y en socios/as solo el 33% son mujeres; 83% de socios/as patrimoniales son hombres y 40% de socios/as no patrimoniales son mujeres. En el rubro de ingresos, 3 de cada 10 abogados/as que más facturan en una firma local son mujeres y solo 2 de cada 10 abogados/as que más ingresos reciben son mujeres. En el rubro de cargos, en el 83% de las firmas el cargo de socio gerente es ocupado por un abogado, aunque el 90% declara que tienen por lo menos una mujer como líder de área, siendo el área laboral la que tiene mayor presencia de liderazgos femeninos (15%), seguida de tributario (11%), administrativo (11%), corporativo (11%) y procesal (10%), en contraste con las áreas de minero (3%), civil (1%) y penal (0%).
Este es el contexto de las abogadas en el Perú, aunque los desafíos no son exclusivos del país. Por un lado, los ‘techos de cristal’ son los obstáculos informales, pero institucionalizados, que impiden mayoritariamente a las mujeres el ascenso a las esferas más alta de decisión en la profesión tanto en lo público, como lo privado; por otro, las paredes de cristal aluden a la resistencia frente a la presencia femenina en las áreas jurídicas que se perciben como más aptas para lo masculino, como el Derecho Penal o el Civil patrimonial como muestran los datos previos sobre los estudios en Lima; por último, las puertas giratorias hacen referencia a las diferentes consecuencias que tienen, para hombres y mujeres, los cambios cotidianos y de largo plazo entre trabajo y vida personal por las responsabilidades familiares que suelen asignarse y esperarse socialmente en razón del sexo (Carmona, 2015: 6-8).
Y la violencia también es un tema presente en el Derecho. No solo porque existe dentro de la carrera, como en otras, la violencia por parte de pares y superiores, tanto en forma de hostigamiento sexual como en otras expresiones de violencia de género, sino porque la normativa desarrollada para enfrentar este problema en todas sus formas se topa con su falta de práctica y la inefectividad de las herramientas previstas. Desde hace una década se ha ido transformando paulatinamente la legislación para responder a las diversas formas que puede adoptar la violencia basada en la discriminación por estereotipos en base al sexo, es decir, a la violencia que responde a cómo social y culturalmente se valora lo masculino y femenino y no tiene una explicación ‘natural’. Pero esa respuesta normativa no ha logrado cambiar la inacción del sistema y la ciudadanía percibe, con razón, que la impunidad sigue siendo regla.
Katherine Gómez Machare fue atacada con fuego por su expareja en la vía pública cerca de la Plaza Dos de Mayo en Lima a finales de marzo. Pero el agresor no fue capturado y la orden de impedimento de salida del país no fue dictada sino más de diez días después de los hechos y cuando ella ya había fallecido producto de la severidad de las lesiones. Hoy, la Ley 30364 garantiza un más rápido acceso a una medida de protección a cargo de un órgano judicial que lo que hacía su predecesora, la Ley 26260 que estuvo vigente de 1993 a 2015, pero estas medidas suelen ser declarativas por su falta de efectividad: “un juzgado estudia el peligro en que se encuentran [quienes denuncian] y dicta una resolución con medidas que tienen el fin de protegerlas. Entre ellas, que sus agresores se alejen o que la Policía se asegure de que están bien en casa. Son medidas obligatorias por ley, pero en la práctica suelen tener el peso de una sugerencia. Los agresores vuelven a acercarse. La violencia continúa. Algunos, intentan matarlas. Otros lo logran” (Ascarza: 2022).
¿Qué hacer con el Derecho hoy ante su desprestigio y sus múltiples desafíos, incluyendo la aún existente discriminación e inefectividad? Si el Derecho es una práctica social entonces es más que las normas que aprueban las autoridades, tanto el Congreso como el Poder Ejecutivo, los órganos constitucionales autónomos y los gobiernos subnacionales, sino que es una actividad que se desarrolla a partir de ese material y en esa práctica intervienen un conjunto de agentes relevantes. Las/los abogadas/os tenemos un rol particular, justamente cuando hay déficit de referencias e institucionalidad: el de contribuir a la discusión pública para que la práctica jurídica apunte a garantizar los intereses generales esperables en un Estado de derecho, no los intereses particulares de ciertos grupos y lo haga no solo en un plano formal, sino práctico, sustantivo, en el que las personas sienten que el Derecho es real.
Y para esos aportes, #HayAbogadas. Hace poco más de cien años que ejercemos la profesión en el Perú, pero aún no ocupamos las vocerías jurídicas en igualdad. Que el día de la abogacía peruana nos recuerde la diversidad en el ejercicio de la profesión que trae retos en un país como el nuestro que necesita consolidarse por tantos lados.
Beatriz Ramírez Huaroto. Abogada y docente universitaria