
- Especialistas consultados por Mongabay Latam señalaron que la denominada “ley mordaza”, también conocida como la ley anti-ONG, es una norma que vulnera el derecho de acceso a la Justicia.
- La normativa recientemente aprobada por el Congreso establece multas para las ONG que demanden al Estado peruano.
- Las organizaciones indígenas se han pronunciado en contra de esta norma y han manifestado que vulnera sus derechos fundamentales.
- La ley podría hacer caer y frenaría el inicio de procesos judiciales en materia de ambiente y derechos humanos y la posibilidad de acudir a tribunales internacionales.
Por: Yvette Sierra Praeli / Mongabay Latam
En una nueva forma de restringir las libertades en Perú, el Congreso de la República aprobó el dictamen que modifica la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), una norma que ha sido denominada “ley mordaza”. Exonerada de una segunda votación, la propuesta fue aprobada el último 12 de marzo con 82 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones.
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Se trata de una norma que modifica la ley que regula la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), organismo estatal responsable de supervisar los programas, proyectos y actividades ejecutados por las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) inscritas en el registro de esta institución. Entre los cambios más cuestionados está la disposición en la que se determina como una infracción muy grave usar los recursos y donaciones de la cooperación técnica internacional para fines distintos para los cuales fueron previstos, y entre las acciones que consideran como uso indebido está “utilizar los citados recursos para asesorar, asistir o financiar, de cualquier forma o modalidad, acciones administrativas, judiciales o de otra naturaleza, en instancias nacionales o internacionales, contra el Estado peruano”.

Otro de los cambios muy cuestionados ha sido que se incorpore como una función de APCI la capacidad de “dar conformidad previa a la ejecución de los planes, programas, proyectos o actividades” que realicen las organizaciones que ejecutan fondos de la cooperación técnica internacional.
El proyecto de ley contempla, entre otros cambios, la prohibición de ejecutar acciones en contra del Estado o aquellas que hayan sido declaradas administrativa o judicial como actos que afecten el “orden público”, así como la imposibilidad de contratar con el Estado sin contar con la conformidad de APCI.
“Esta ley afecta a toda la sociedad civil, es decir, a toda persona y organización que quiere opinar y hablar”, señala Isabel Calle, abogada especialista en derecho ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). “Hay una tendencia, que se ha materializado en este proyecto de ley, para restringir y coartar a la sociedad civil para que no se pronuncie, no intervenga y no denuncie al Estado, como cualquier organización lo puede hacer cuando hay una violación de sus derechos”, afirma.
El rechazo a esta nueva ley ha surgido no solo desde las ONG, sino también desde las federaciones indígenas, los sindicatos, diversas organizaciones de la sociedad civil e incluso se han pronunciado ex directores de la APCI.

“Esta ley constituye una amenaza inminente de vulneración del derecho de acceso a la Justicia, a la asociación, a la defensa, a designar a tu patrocinio y a una determinada institución o un determinado abogado para poblaciones vulnerables. Esto ya genera una amenaza”, dice Maritza Quispe, abogada del Área de Pueblos Indígenas del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Amenaza contra la defensa de derechos humanos y ambientales
Quispe, abogada del IDL, señala que esta ley podría poner en riesgo más de 40 casos de vulneración de derechos que esta institución ha presentado contra el Estado peruano. “Hay casos constitucionales en los cuales el Estado ha vulnerado el derecho a la consulta previa de comunidades nativas y comunidades campesinas, como la entrega de lotes petroleros, concesiones mineras y otros. También hay casos de titulación, es decir, se demanda al Estado para que titulen a las comunidades nativas. Tenemos casos de contaminación ambiental y de afección a la salud de la población. En el ámbito penal, están todos los casos que se han abierto como consecuencia de la criminalización de la protesta”, enfatiza Quispe.
Quispe se refiere a las 49 personas asesinadas durante las protestas que ocurrieron entre diciembre de 2022 y los primeros meses de 2023, tras la salida del gobierno del ex presidente Pedro Castillo y la toma de mando de Dina Boluarte. Varios de estos casos los está siguiendo la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

Isabel calle, de SPDA, menciona otro caso que podría verse afectado por esta modificación a la ley: la intoxicación masiva de 23 niños de una escuela en Cabana, en Puno, quienes presentaron afecciones estomacales luego de ingerir un desayuno preparado con productos del programa de alimentación escolar Qali Warma. “Si ellos quisieran demandar al Estado porque fueron intoxicados y alguna organización quisiera ayudarlos, no van a poder, pues justamente existe este impedimento en la norma que dice que no se podría brindar asistencia jurídica porque están denunciando al Estado con fondos que reciben del extranjero”.
Las organizaciones indígenas también han levantado la voz por esta modificación de la ley. En una conferencia ofrecida el martes 18 de marzo, el presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep), Jorge Pérez, señaló que “en el fondo, esta norma lo que busca es que al Estado no se le critique, no se le judicialice. Cuando salimos a protestar porque el Estado vulnera derechos colectivos y derechos elementales, esta ley lo que hace es permitir que los pueblos indígenas sean vulnerados en sus derechos fundamentales”. Pérez también dijo que lo que busca el Estado peruano es que “los pueblos indígenas estén debilitados y desunidos para dictar normas” en contra de ellos.
Danitza Quispe Huillca, secretaria de Juventud y Niñez de la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), rechazó la norma pues dijo que “vulnera, una vez más, los derechos de los pueblos originarios”. Quispe aclaró que esta ley no solo afecta a las ONG sino también a las organizaciones indígenas.
La lideresa indígena también señaló que con esta norma están limitando y prohibiendo el uso de fondos para iniciar un proceso legal y administrativo contra el Estado. “Con esta ley están limitando que estos fondos sean usados para asesorías. Sabemos que las organizaciones indígenas y nativas no cuentan con financiamiento”, aclaró.

Maritza Quispe, del IDL, señala que lo que también se busca con esta ley es que muchos casos de violaciones de derechos humanos no lleguen a instancias internacionales. “El caso de Fujimori llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos gracias al apoyo de la cooperación internacional, porque llegar a esas instancias es muy costoso y las víctimas no van a poder hacerlo”.
Hay varios funcionarios del Estado que a través de esta ley, dice Quispe, buscan impedir que se les demande en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Si bien existen varias denuncias penales en contra de efectivos policiales que han utilizado de manera desmedida sus armas, estos casos todavía están siendo tratados a nivel local”. Además, afirma Quispe, hay denuncias en contra de la presidenta Dina Boluarte, todavía en sede local, pero debería llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si es que la Justicia peruana no emite una sentencia en contra de estas personas por supuestas violaciones a los derechos humanos.
Las organizaciones indígenas también han iniciado procesos judiciales, comenta Quispe, y señala como ejemplo a Aidesep, que ha presentado una serie de demandas en contra del Estado para la protección de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial. “Lo que dispone esta ley es que si tú continúas con esto, te van a sancionar administrativamente y te van a imponer una multa porque se considera una falta grave”.
De acuerdo con la norma, la sanción puede llegar hasta 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivale a 2 675 000 soles (alrededor de 722 972 dólares), considerando el valor de la UIT de 2025 en 5 350 soles (aproximadamente 1445 dólares).

Maritza Quispe, del IDL, precisa que será potestad de la misma APCI decidir qué acciones constituyen una infracción “En los hechos lo que quieren es desaparecer a las organizaciones sin fines de lucro, porque si te ponen una multa de 500 UIT se cierra una asociación o una organización indígena o una ONG, porque no va a tener la capacidad de pagar ese monto”.
Rechazo internacional
Seis ex directores ejecutivos de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) se manifestaron en contra de esta norma. En un comunicado indicaron que existen “graves visos de inconstitucionalidad y de falta de rigor técnico” en el proyecto de ley aprobado por el Congreso.
También señalan que consideran inconstitucional “la prohibición de utilizar recursos de la CTI [Cooperación Técnica Internacional] en actividades declaradas administrativamente como actos que afecten el orden público, la seguridad ciudadana, la defensa nacional, el orden interno o perjudiquen la propiedad pública o privada”, sin que se especifique a qué conductas concretas se refiere. Asimismo, expresan que la norma debería precisar “las acciones específicas a las que se refiere la prohibición de financiamiento de actividades electorales con aportes de la CTI”.

Diversos organismos internacionales también se manifestaron en contra de esta norma. El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación para el Debido Proceso (DPLF) y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) firmaron un comunicado en el que condenan “enérgicamente la ley aprobada este 12 de marzo por el Congreso de Perú, que impone un sistema de control, censura y persecución contra las organizaciones de sociedad civil”. Destacaron el “impacto inhibitorio en el ejercicio de derechos como la libertad de asociación, expresión, acceso a la justicia y derecho a peticionar ante órganos de protección internacional”.
Amnistía Internacional también expresó su rechazo y preocupación por la aprobación del proyecto de ley “por poner en riesgo el espacio cívico en Perú y restringir indebidamente los derechos de asociación, libertad de expresión y acceso a la justicia”.
Tras la aprobación de esta ley, el Congreso de la República señaló que “la propuesta tiene por finalidad fortalecer el trabajo de la APCI y contribuir con la transparencia y la supervisión de la ejecución de los recursos recibidos de la Cooperación Técnica Internacional”.
Uno de los argumentos que se manejó desde que se propuso esta norma en 2023 fue la necesidad de fortalecer a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) en sus funciones de control, supervisión y fiscalización de recursos provenientes del exterior.
“Hay que salir del paradigma de que las ONG nunca fueron fiscalizadas y que recién con esta ley van a ser supervisadas”, aclara Maritza Quispe. “Todas las organizaciones que reciben financiamiento del exterior siempre han sido fiscalizadas por APCI”, concluye.
Imagen destacada: Los pueblos indígenas rechazan la norma que modifica la ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Foto: Agencia Andina
El artículo original fue publicado por Yvette Sierra Praeli en Mongabay Latam. Puedes revisarlo aquí.
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